El Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico, ha aprobado la Orden TED/800/2021, de 23 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras del Programa de incentivos a proyectos singulares en movilidad eléctrica (Programa MOVES Proyectos Singulares II), dotado con 100 millones de euros y dirigido a la selección y concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas correspondientes a proyectos singulares y proyectos relativos a desarrollos experimentales e innovadores, llevados a cabo en el territorio nacional, relacionados con el vehículo eléctrico.
El programa MOVES Proyectos Singulares II forma parte de la Componente 1, Inversión 2 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El programa MOVES Proyectos Singulares II será gestionado por el IDAE.
Se considerarán proyectos con una inversión mínima de 100.000 euros.
Principales características
CONCEPTO | REQUISITOS MOVES SINGULARES II |
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Presupuesto | Dotación presupuestaria de 100.000.000 euros |
Compatibilidades | Las ayudas otorgadas en este programa serán compatibles con otras ayudas concedidas, para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones públicas u organismos o entes públicos, nacionales o internacionales, siempre que no se supere el coste de la actividad subvencionada y se cumplan las dos condiciones siguientes:1) Que, de forma acumulada, no se superen los límites establecidos por el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014.2) Que las ayudas otorgadas por las otras Administraciones, para la misma actuación, no cuenten con cofinanciación de Fondos Europeos.” |
Actuaciones elegibles (Anexo I de la Orden Ministerial) | Se incentivarán proyectos de desarrollo tecnológico y experiencias innovadoras en movilidad eléctrica que sirvan para promover el salto tecnológico hacia el vehículo eléctrico y de pila de combustible, fomentando el desarrollo de proyectos por parte de empresas españolas, a fin de alcanzar la madurez tecnológica que facilite su comercialización. Se considerarán proyectos singulares los que contemplen las actuaciones descritas en el Anexo I de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio |
Cuantía de las ayudas | La intensidad de la ayuda para los proyectos singulares innovadores será del 40% de los costes subvencionables (IVA o IGIC no incluido). Se podrá incrementar en 10 puntos porcentuales para medianas empresas y en 20 puntos porcentuales en el caso de micro y pequeñas empresas. |
Carácter incentivador | Solo serán subvencionables las actuaciones cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. |
Beneficiarios | Podrán ser beneficiarios:Todo tipo de empresa (Micro, Pequeña, Mediana y Gran Empresa), Universidades y Centros Privados de Investigación y Desarrollo y el Sector Público Institucional |
Financiación con fondos PRTR | En esta segunda edición, el origen de los fondos será del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El Programa es parte de la Componente 1, Inversión 2 del Plan. |
Plazo de ejecución | Las actuaciones se ejecutarán en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la fecha de notificación de concesión de la ayuda. |
Calendario
Plazo de presentación de solicitudes: Las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del día 25 de septiembre de 2021, hasta dos meses contados desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOE, es decir, hasta el 25 de noviembre a las 24:00 h. Únicamente podrán efectuarse de manera telemática a través de la aplicación y formulario disponible en la Sede Electrónica del IDAE, para lo que es necesario que el solicitante disponga de un certificado para la firma electrónica.
Valoración de solicitudes: Las solicitudes se valorarán por una Comisión Técnica de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo III de la Orden TED/800/2021, de 23 de julio
Más información:
Para cualquier duda o aclaración, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
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